• Absolucion del delito de acoso sexual porque la denunciante no le incriminó sobre la actitud lesiva al acusado.


             XXXX-abogada penalista, consiguió que le estimaran el recurso de apelación interpuesto ante la Audiencia Provincial que absolvió a su cliente del delito de acoso sexual por el que fue condenado.  De los datos que se aportaron  se extrajo que durante el periodo de presunto hostigamiento la víctima transmitiese al acusado que sus insistentes exhortaciones sexuales la agraviaban. No constó que la denunciante lo recriminara, censurara o simplemente desaprobara en ninguna de las ocasiones en que el acusado se propasó claramente, ni en solicitudes de menos intensidad; ni la más mínima alusión, directa o indirecta, verbal o gestual, a ese sentimiento vejatorio y degradante cuando él le interesaba los favores lúbricos.

              En el caso concreto que nos ocupa, se le condenó al acusado en primera instancia a la pena de diez meses de multa y a las costas procecales, este fallo se recurrió y se obtuvo sentencia absolutoria ya que ha sido probado que la denunciante presento denuncia por insinuaciones sexuales durante los años 2001-2003, por parte del acusado que era compañero de trabajo de la misma. No pudo probar la denunciante que realmente esas proposiciones hubieran existido y ademas el juez de segunda instancia tiene en cuenta que la misma, no realizó observaciones contundentes y claras al acusado, por la cuales el mismo pudiera entender que las citada insinuaciones vulneraban la integridad sexual de la misma, y por ello, los tribunales le dieron la razón al acusado, y lo absolvieron de la pena impuesta en primera instancia.

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